Responsabilidad Legal de los Administradores Consejeros

Según la Real Academia de la lengua Española, administrar es desempeñar o ejercer un cargo con oficio o dignidad, dirigir a una institución.

Los Administradores Consejeros deben actuar como un representante legal y orgánico de la sociedad, a veces a nombre y cuenta de la misma y cuando estén autorizados a nombre y cuenta propio.



Primero,  es importante aclarar que para ser un Administrador Consejero, es necesario recibir capacitación para ocupar dicho puesto, al ser de suma importancia dentro de una empresa.

Para lograr la capacitación de los Consejeros se han adoptado importantes medidas gracias a los principios del buen gobierno corporativo, que en el fondo buscan mejorar las políticas internas de la empresa, para lograr una mejor administración, que en consecuencia mejora el desempeño general de la empresa. Dicha capacitación es una tendencia de todas las empresas, ante el mundo cada vez más globalizado en el que vivimos, así, el conocimiento y actualización de los Administradores Consejeros  respecto a dichos principios es trascendente para que puedan llevar a cabo sus funciones financieras, sobre estrategias y riesgos dentro de la empresa.

La responsabilidad legal de los Consejeros Administradores en México, se regula principalmente en dos ordenamientos,  el primero es la ley, principalmente dentro de la Ley General de Sociedades Mercantiles y el segundo son los estatutos que rigen a cada sociedad, entre las principales obligaciones de los administradores, encontramos las siguientes:

  •        Se les podrá pedir una garantía para asegurar sus responsabilidades en el desempeño de su cargo, es decir, un sustento para responder en caso de negligencia dentro de alguna de sus actividades.
  •           Deben de rendir cuentas del ejercicio de sus funciones y de las obligaciones derivadas de las dos fuentes antes mencionadas (estatutos y la ley), es decir,  tiene que haber transparencia sobre el avance del cumplimiento de sus obligaciones.
  •          Responderán por los daños y perjuicios que se causen a la sociedad cuando teniendo un interés opuesto a ésta, no lo hubieren manifestado y no se hayan abstenido de deliberar y resolver, es decir,  siempre tienen que velar por lo que sea mejor para la empresa y en caso de tener algún impedimento, hacerlo saber.
  •         Deberán de tener la obligación de cuidar la confidencialidad sobre el conocimiento que se tiene, derivado de su cargo de la información y asuntos de la Sociedad, es decir, cuando no sea información de carácter público, a excepción de cuando sea solicitada por autoridades administrativas o judiciales.


A su vez, dicha responsabilidad de los Administradores Consejeros, debe ser exigida por:

  •    Acuerdo de la Asamblea General de Accionistas en la que se designe a la persona que deba ejercer la acción correspondiente.
  •       Accionistas que representen al menos el veinticinco por ciento del capital social, cuando cumplan con los requisitos que se especifican en la ley.


Así mismo, se debe de hablar de la limitación, lo cual implica que en los estatutos sociales se prevé la posibilidad de limitar la responsabilidad de los administradores por los actos que ejecuten o las decisiones que tomen, siempre y cuando no se trate de actos dolosos que se lleven a cabo con mala fe o sean por su naturaleza ilícitos, en cuyo caso su tratamiento es de carácter penal.

Aunque muchas veces se menosprecia la actividad de los órganos de administración de una compañía, la responsabilidad legal de los Administradores Consejeros tiene una tarea importante dentro de la corporación, porque es una manera de incentivar el comportamiento de los mismos acorde a los lineamientos de la empresa, para a su vez mejorar el rendimiento de ésta, su correcta implementación dentro de las principales corporaciones, es una tendencia que ha demostrado hacer más eficiente el rendimiento de las mismas.



Por: José Miguel Zozayacorrea Kuri

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