Boletin: Lineamientos Para La Difusión COFECE

BOLETÍN SOBRE ANTEPROYECTO DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA DIFUSIÓN DE LAS RESOLUCIONES DEL PLENO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA




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Estimados clientes y amigos,
A continuación, por favor sírvanse encontrar nuestro boletín con relación al extracto del Anteproyecto de los Lineamientos para la Difusión de las Resoluciones del Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, preparado por nuestro equipo de profesionales en Zozayacorrea Sahagún Arizaga Abogados y Fiscalistas.
El pasado 13 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) un extracto del Anteproyecto de los Lineamientos para la Difusión de las Resoluciones del Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (“Lineamientos”).
Dichos Lineamientos tienen por objeto establecer las reglas y principios aplicables para la difusión de las resoluciones emitidas por el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”), así como los medios a través de los cuales podrán darse a conocer, pudiendo emplear para tal efecto cualquier medio de comunicación, incluyendo reportes o informes periódicos, comunicados de prensa, redes sociales, ruedas de prensa o entrevistas, siempre y cuando se señale a través de los medios utilizados, el lugar en que podrán ser consultadas las versiones públicas de la información difundida.
Cabe destacar que en los casos de procedimientos derivados de investigaciones, incidentes y concentraciones, la difusión de la resolución deberá indicar si la resolución se encuentra firme, o bien, si es susceptible de ser impugnada y, en caso de que se tenga conocimiento de la existencia de un medio de impugnación interpuesto en contra de la resolución por haberse notificado a la COFECE dicha situación por autoridad competente, debe señalarse tal circunstancia al momento de la difusión de la resolución.
Asimismo, en los casos en que exista una resolución de una autoridad jurisdiccional competente, ordenando  modificar o dejar sin efectos una resolución del Pleno de la COFECE, tal circunstancia deberá ser difundida por la propia Comisión a través de cualquier medio de comunicación, haciendo referencia a la difusión original, una vez cumplida la orden correspondiente.

Finalmente, los interesados tendrán un plazo de treinta (30) días hábiles computados a partir de la publicación de los Lineamientos en el DOF, a efecto de presentar a la COFECE sus opiniones respecto del contenido de estos.
Para mayor información, por favor contacte al suscrito en el siguiente correo electrónico:
jose.zozayacorrea@zozayacorrea.com

O a alguno de los miembros de Zozayacorrea Sahagún Arizaga Abogados y Fiscalistas en el correo electrónico:
charlene.gomez@zozayacorrea.com
Si se encuentra en los estados del norte, por favor contacte a Alí Kuri:
ali.kuri@zozayacorrea.com

Gracias y saludos cordiales,
José Miguel Zozayacorrea
Socio/Partner
Zozayacorrea Sahagún Arizaga
Abogados y Fiscalistas
T: +52 (33) 1493 7279
Conmutador: +52 (33) 1493 7280
D: Blvd. Puerta de Hierro 5153, Piso 2, Fracc. Puerta de Hierro, 45116, Zapopan, Jalisco, México




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